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Por: María Eugenia Rojas Valverde (Investigadora, consultora independiente y enlace de Redlad en Bolivia)
El contexto regional de América Latina y el Caribe nos permite entender los progresos y los desafíos que tiene la región para coadyuvar en la igualdad de género y apoyar en el avance hacia una democracia paritaria desde la sociedad civil y en defensa de los derechos políticos-civiles para el ejercicio de las libertades plenas y ciudadanas, como requisitos para el desarrollo sostenible y la democratización de sus sociedades.
La región ha tenido avances significativos en materia de derechos de ciudadanía de las mujeres. De acuerdo con la OCDE, América Latina y el Caribe es, dentro del mundo en vías de desarrollo, la región que ha alcanzado más progreso en términos de reconocimiento formal de los derechos de las mujeres, tanto en la armonización de su legislación al marco jurídico internacional, como en la adopción de políticas y programas orientados a cerrar las brechas de género y ampliar los derechos de las mujeres a la justicia, la toma de decisiones y los recursos. El resultado del proceso paritario debe ser la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres. Un proceso que abarca mucho más que lo político, ya que supone una transformación de las relaciones de género, con una corresponsabilidad entre hombres y mujeres en todas las esferas de sus vidas, públicas y privadas.
Es fundamental avanzar hacia la democracia paritaria como una meta para transformar las relaciones de género, alcanzar la igualdad sustantiva y el empoderamiento político de las mujeres, que trascienda lo meramente político y se oriente a la transformación de las relaciones de género, impulsando un nuevo equilibrio entre hombres y mujeres en el que ambos asuman responsabilidades compartidas en todas las esferas, públicas y privadas.
La articulación de los intereses ciudadanos deben ser analizados de manera diferenciada con el fin de que estos sean realmente representados, ejercidos y exigidos en igualdad. De igual forma, se debe garantizar que el derecho de las mujeres a participar en todos los ámbitos de la vida pública y privada sucedan en igualdad de condiciones a los hombres, situación reconocida como un derecho fundamental y destacado en varios tratados internacionales, en el cual los países de la región son firmantes.
Dentro de estos acuerdos, se encuentra la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), que es la que mayor reconocimiento tiene a nivel global sobre los derechos de las mujeres. La Convención fue aprobada en 1979 en el marco de la Asamblea General de las Naciones Unidas y exhorta , entre varios de sus mandatos, a los Estados signatarios a:
- Tomar medidas adecuadas que propendan por la elimiminación de la discriminación contra las mujeres en el ámbito político y público de los países
- Garantizar igualdad de condiciones entre hombres y mujeres para participar en la formulación de políticas gubernamentales, en la ejecución de estas, ocupar cargos públicos y ejercer todas las funciones públicas en todos los planos gubernamentales.
En el ámbito regional se encuentra la Carta Democrática Interamericana aprobada en 2001. En esta carta, los Estados miembros de la OEA se comprometen a promover “la plena e igualitaria participación de la mujer en las estructuras políticas de sus respectivos países como elemento fundamental para la promoción y ejercicio de la cultura democrática” (OEA, 2001, art.28). Adicionalmente, existe el Consenso de Quito, que reconoce a la paridad como uno de los propulsores de la democracia, que tiene el propósito de “alcanzar la igualdad en el ejercicio del poder, en la toma de decisiones, en los mecanismos de participación y representación social y política, y en las relaciones familiares al interior de los diversos tipos de familia, las relaciones sociales, económicas, políticas y culturales; y constituye una meta para erradicar la exclusión estructural de las mujeres” (CEPAL, 2007, art. 17).
A su vez, los principios de Estambul representan la base del Marco Internacional para la Eficacia del Desarrollo de las OSC y tienen en cuenta la diversidad de visiones, mandatos, enfoques, relaciones e impactos de las instituciones como actoras del desarrollo (con enfoque sensible al género) y que deberán aplicarse de forma significativa pero diferenciada, adaptados al contexto de cada país miembro o sectorial de cada institución (Bermann-Harms C. y Lester Murad N., 2011).
Son puntos de referencia de las actividades que estas encaran en el ámbito hacia el desarrollo; enfatizan en el impacto de estas acciones sobre los derechos de las personas que viven en la pobreza -una pobreza en su mayoría feminizada- y las poblaciones marginadas (entre las más discriminadas las mujeres indígenas y afrodescendientes). Teniendo en cuenta que el desarrollo es un proceso social y político que se basa tanto en la participación y el compromiso de los pueblos para hacer realidad sus derechos, como en la consecución de resultados de desarrollo.
Las OSC contienen procesos locales y nacionales, son catalizadoras del cambio social, colaboran con sus poblaciones meta en torno a valores/principios, prácticas e intereses compartidos. Traen consigo una gran variedad de valores organizativos, objetivos, formas de participación, así como conocimientos sectoriales, estructuras, intereses y recursos, con la posibilidad de ser redireccionados hacia la igualdad de género intentando su transversalización, apostando por un desarrollo con enfoque sensible al género. Las OSC también intentan maximizar los resultados positivos, teniendo en cuenta los efectos posibles de sus acciones de desarrollo.
Las instituciones OSC son canales para la solidaridad social, el servicio y la movilización que permiten a las personas reclamar sus derechos de forma más efectiva y mejorar sus condiciones de vida; enriquecen el diálogo sobre políticas públicas con conocimientos e innovación. Colaboran y coordinan esfuerzos para alcanzar resultados de desarrollo dando prioridad a la lucha contra las causas de la discriminación, la pobreza y la desigualdad. Juegan un importante papel fomentando la participación ciudadana, defendiendo el estado de derecho y luchando contra la corrupción y mal uso de los fondos públicos.
En la misma línea, la adopción de los Principios de Estambul es un medio para estimular una reflexión estructurada, una comprensión más profunda y una rendición de cuentas, que mejore la efectividad de las organizaciones como actoras del desarrollo. Es necesario reconsiderar al menos 3 de los 8 Principios de Estambul y sus respectivas pautas relacionadas con la equidad e igualdad de género:
- Principio 1. Respetar y promover los derechos humanos y la justicia social: encaminado establecer indicadores medibles sobre la eficacia del desarrollo en base a las normas internacionales sobre derechos humanos, incluyendo la igualdad de género, derechos de los niños y niñas, discapacidad, trabajo docente y formas de vida sostenibles.
- Principio 2. Incorporar la equidad y la igualdad de género a la vez que promover los derechos de las mujeres y las niñas: se pone en práctica la equidad de género, reflejando las necesidades y experiencias de las mujeres, a la vez que apoyan sus esfuerzos para la realización plena de sus derechos individuales y colectivos.
- Principio 3. Centrarse en el empoderamiento, la apropiación democrática y la participación de todas las personas: hay un foco especial en el empoderamiento de las mujeres y hombres cuyas vidas se ven afectadas directamente por las iniciativas de desarrollo, prestando atención a los movimientos sociales que representan a las poblaciones en desventaja y marginada.
Teniendo en cuenta estos aspectos marco, es necesario reconocer que las OSC son agentes de cambio clave, que contribuyen en diferente medida a través de sus proyectos sociales, políticos económicos, culturales y ambientales al desarrollo humano y los derechos humanos de hombres y mujeres mediante la mejora en la participación – exigibilidad, representatividad; y vigilantes del cumplimiento de los derechos humanos, entre otros, que permita a ambos acceder y desarrollar actividades y un mayor empoderamiento especialmente de las mujeres para la toma de decisiones conjuntas en la gestión de sus comunidades, poblaciones y OSC, en respuesta a necesidades – roles- normas diferenciadas; y en el diseño de diversidad de metodologías a través de sus proyectos que mejoren la sostenibilidad de los servicios, de la programación-planeación, diferenciando las necesidades y las demandas (agendas temáticas de capacitación y/o fortalecimiento) que tienen mujeres y hombres, a fin de responder mejor ante contextos adversos y conflictivos e identificando grupos meta y poblaciones en situación de mayor vulnerabilidad (diagnósticos, espacios de diálogo y reflexión).